A eso también apuntó la reunión que el titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, mantuvo con la presidenta Cristina Kirchner.
Si el Gobierno insistía en mantener el régimen de las retenciones sobre la exclusiva base de una resolución ministerial, corría el riesgo de perder no sólo el apoyo popular, sino también de chocar con la Corte. El encuentro entre Lorenzetti y la primera mandataria, lejos de ser un acto de sumisión, fue un acto de máxima responsabilidad institucional, propio de un diálogo maduro entre los poderes del Estado.
El primer límite que sufrió el Poder Ejecutivo fue el descontento de los productores afectados por el tributo. Ningún gobierno tiene fuerza suficiente para doblegar a un sector social a su antojo.
Al campo, que mayoritariamente había votado a Cristina Kirchner en octubre pasado, se sumó el descontento de la clase media urbana.
El segundo límite, infranqueable, es el que impone conservar el apoyo popular. Antes del envío de las retenciones al Congreso Nacional, la crisis política se precipitaba a pasos agigantados.
Ahora, aun si el Congreso aprueba una ley que no deje mal parado al Poder Ejecutivo, Cristina Kirchner tendrá la difícil tarea de reorganizar su gobierno, para revertir el deterioro de un poder que se descascara. En la Corte miden este riesgo.
El tercer límite, obviamente, surge de la política: gobernadores e intendentes hacen sentir sus intereses en el Congreso y, también, resquebrajan el alineamiento del justicialismo.
Pero hay otro límite, que viene de la Constitución nacional y de las leyes, y que generalmente no es respetado. La Corte, sin embargo, parece dispuesta a hacerlo valer, por lo menos en sus trazos más esenciales.
No es la primera vez que un gobierno fija retenciones excesivas, pero casi siempre el tribunal se pronunció en favor del Estado.
Por ejemplo, en los casos Conevial (1987) y Propulsora Siderúrgica (1992), la Corte convalidó la delegación que el Código Aduanero hizo en el Poder Ejecutivo para fijar retenciones.
Asimismo, en el caso Montarcé (1974), el tribunal interpretó que el límite del 33 por ciento que usualmente se tiene en cuenta para considerar que un impuesto no es confiscatorio no es aplicable a las retenciones, porque no son impuestos.
JusticiaEl poder siempre es limitado
Por Adrián Ventura
LANACION.com | Política | Mi?oles 2 de julio de 2008

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