Hoy nos encontramos ante una nueva reforma del sistema jubilatorio que, de ser aprobada implicaría la desaparición del pilar de capitalización obligatoria de los aportes.
Debemos recordar que a comienzos del año 2007 se permitió la opción de traspaso al régimen público de aquellos afiliados que así lo desearan. En ese momento, y luego de una amplia campaña de difusión por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) respecto de los beneficios del traspaso al régimen público, los futuros jubilados ejercieron su derecho y optaron.
Ahora bien: parece que el voto de los afiliados que decidieron permanecer en el régimen de capitalización no resultó del agrado de los gobernantes y que por ello impulsan ahora el traspaso compulsivo. Con esta reforma, que genera no pocos interrogantes y reflexiones, se avanza de forma desafortunada sobre algunas debilidades del esquema previsional, del contexto internacional y de las necesidades fiscales.
En primer lugar, esta reforma no resulta inocua desde el punto de vista fiscal de largo plazo. La incorporación compulsiva de los afiliados de las AFJP al régimen de reparto le permitirá al Estado hacerse no sólo del stock acumulado, sino del flujo futuro de aportes, a la vez que crea una deuda contingente no reflejada en las cuentas fiscales, por las futuras jubilaciones y pensiones que deberán pagarse y por el costo fiscal potencial de los juicios que podrían ser entablados contra la administración pública.
Hasta donde se sabe, no existen cálculos actuariales que muestren el impacto de la reforma propuesta, y, aunque existieran, no justificarían que el traspaso tuviera carácter obligatorio.
Recordemos que el actual régimen público es deficitario y que se lo compensa con la recaudación de otros impuestos y también con la postergación del ajuste de las actuales jubilaciones.
En segundo lugar, no se ha determinado qué hará el Estado con los activos por recibir, particularmente con los bonos y acciones de empresas locales que cotizan en la Bolsa y que componen el 13% de la cartera de las AFJP.
Si los conserva, el Estado se transformará en un importante acreedor y accionista de esas empresas, algo que, seguramente, no estaba en los planes de sus actuales dueños. Es decir: se trata de un grado de estatización aún mayor de la economía, sin pautas claras acerca del papel que tendrá el Estado como accionista ni de su estrategia como inversor en los mercados de capitales, lo que, seguramente, afectará el desarrollo de la institución pública en el mediano plazo. Por el contrario, si decide vender dichas tenencias en el corto plazo, asistiremos al velatorio conjunto de las AFJP y del mercado local de capitales.
En tercer lugar, hoy los afiliados a las AFJP conocen en detalle cómo están invertidos sus ahorros. Al traspasarse estos al ámbito de la Anses, ¿ocurrirá lo mismo? Actualmente no existe información pública respecto de las políticas, valuaciones y cartera de inversión de los fondos administrados por la Anses, sino solamente noticias periodísticas respecto de compras de títulos públicos a baja tasa de interés y sin cotización. Con la reforma propuesta, asistiremos, entonces, a un empeoramiento en los niveles de transparencia, manejo y rentabilidad de los fondos hoy administrados por las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones.
En cuarto lugar, el nivel de discusión y debate público de esta propuesta ha sido nulo, a tal punto que la noticia sólo trascendió horas antes de ser anunciada oficialmente. Como iniciativa, no formó parte de ninguna propuesta de campaña presidencial en las últimas elecciones.
Un tema como éste, por su relevancia estructural sobre el funcionamiento de mediano y largo plazo de la economía, debió haber ser incluido en las plataformas si, en el momento de las postulaciones, se pensaba en avanzar en una reforma como la propuesta.
Esperemos que el Congreso provea el necesario espacio de debate y que no ocurra lo mismo que experimentamos en 2007 con la reforma de comienzos de ese año.
En quinto término, debemos recordar que el ahorro del que hablamos es de largo plazo, por lo que está sujeto a los riesgos de bajas coyunturales de los mercados. Basar una reforma estructural en los vaivenes coyunturales de dichos mercados es, sin dudas, una pésima estrategia de largo plazo. Si en dos años los mercados recuperaran lo perdido, ¿significaría eso que deberíamos dar marcha atrás nuevamente?
Finalmente, es a las AFJP y a su representación conjunta a las que les cabe una cuota de responsabilidad respecto de la potencial desaparición del sistema y la consecuente falta de defensa de los intereses de los afiliados que les confiaron sus ahorros.
El comportamiento pasivo y timorato de las AFJP en la defensa de los intereses de los afiliados y del propio sistema de capitalización comenzó en 2001, con el canje compulsivo de plazos fijos por letras del Tesoro. Siguió en 2002, con la pesificación de buena parte de los activos que administraban. Continuó en 2005, en el momento del canje de deuda pública. Después siguió con la reforma de 2007. Esperemos que no se repita en esta nueva circunstancia.
Al no exponerse, las administradoras creyeron que estarían a salvo de cualquier acción oficial. Los acontecimientos han demostrado lo errado de su estrategia.
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