La reforma intenta fortalecer y simplificar el régimen legal actual. Contempla una modificación del Código Penal y de la ley de lavado de dinero que se resume en un núcleo de cuatro puntos: penar el autolavado, definir el lavado de dinero como un delito autónomo, reducir los requisitos normativos para que un hecho de ese tipo sea considerado un delito y darles mayor importancia a las grandes operaciones de blanqueo.
El primer punto ataca una realidad que, según coinciden los especialistas, muestra una falencia del régimen actual: si se captura a un traficante, se lo puede condenar por ese delito, pero no por reciclar la ganancias de su actividad. El segundo se refiere a la definición actual del lavado de dinero en el Código Penal, donde está tipificado como un delito de encubrimiento agravado. "Vamos a activar un nuevo bien jurídico. La idea es diseñar una nueva estructura a proteger, que permita definir al lavado de dinero como un delito autónomo, independiente del encubrimiento", explicó a LA NACION el coordinador de la agenda nacional para la lucha contra el lavado de dinero, Juan Félix Marteau.
El cuarto pretende establecer una suerte de ranking según los delitos vinculados al lavado para no darle la misma prioridad a una operación de 50 mil pesos que a una de 50 millones. "Queremos perseguir al gran delito complejo", justificó Marteau.
La razón de esta reforma se encuentra en las estadísticas: no existe una sola condena judicial en el país por lavado de dinero. Esta ausencia de condenas fue uno de los temas presentes en el 4° Encuentro Nacional de la Fundación Argentina para el Estudio y Análisis de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Fapla). Hubo coincidencias en la necesidad de instrumentar cambios, particularmente en lo referido a la definición del delito.
Combate del delito: críticas a la normativa actual
Se dará prioridad a grandes operaciones
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