miércoles, 22 de octubre de 2008

En los hechos, un blanqueo

Hoy coexisten dos sistemas previsionales cuyos principios son muy diferentes. El estatal se basa en la solidaridad: los que más aportan benefician a quienes contribuyen en menor medida por percibir bajos salarios, y se logra así una distribución equitativa, sin perjuicio de mantener cierta diferencia proporcional sobre la base de las sumas que cada uno tributó. Por el otro lado, se hallan las AFJP, empresas cuya supuesta télesis era el mejoramiento de los beneficios previsionales mediante un manejo del ahorro de los trabajadores, que fue denominado como "capitalización". Su creación estuvo inspirada en el modelo de estado neoliberal que, retrayéndose en la protección a los argentinos, traspasaba tales obligaciones en mano de entes privados de manera irrevocable al no permitir el cambio de régimen a aquellos que elegían primeramente la capitalización de sus aportes. Uno podía divorciarse de su esposa, pero si se casó o "lo casaron" con el sistema de AFJP, de ésta no podía separarse. Dicha sinrazón fue modificada en el año 2007, cuando el Gobierno realizó la apertura al cambio de régimen.

Actualmente, el Poder Ejecutivo considera reformar nuestro sistema jubilatorio, retomando el concepto de un régimen a cargo del Estado, ya sea en forma total o parcial. Esta decisión blanquea lo que actualmente está ocurriendo, toda vez que es el Estado quien abona las jubilaciones de miles de argentinos que habían optado por las AFJP. Los fondos que los trabajadores han ido aportando a las AFJP se han esfumado en gran parte, ya que las inversiones realizadas por las administradoras han sido perdidosas, no obstante las grandes comisiones que cobran a sus afiliados, lo cual carece de lógica y constituye al menos una estafa moral.

De ello se desprende mi opinión favorable a la incorporación al régimen del Estado de todos los actuales y futuros jubilados, ya que es el Estado quien debe garantizar el goce de una vida digna para los ciudadanos de la tercera edad, haciendo efectiva la letra del artículo 14 bis de la Carta Magna, otorgando los beneficios de la seguridad social de forma íntegra e irrenunciable, afianzando la protección integral de la familia; retomando así el Estado un rol dinámico y protector de sus ciudadanos.

Por Héctor P. Recalde
Para LA NACION
El autor es diputado y especialista en derecho laboral

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