martes, 27 de noviembre de 2007

Un fallo fue elogiado por representantes de varios sectores

La Corte Suprema restableció la movilidad de los haberes que cobra un jubilado y ordenó actualizar el retroactivo de los últimos cinco años según el índice de salarios nivel general, lo que equivale a reconocerle un incremento del 88,5% para el período 2002/2006. Tal como anticipó LA NACION en forma exclusiva el miércoles último, el tribunal resolvió ayer el caso planteado por Adolfo Badaro, un jubilado que integra la categoría de los que aportaron para cobrar más de mil pesos, y declaró inconstitucional un artículo de la ley de solidaridad previsional que había establecido que los aumentos de jubilaciones debían ser fijador por la ley de Presupuesto cada año.

Según la Corte, los aumentos otorgados a Badaro (de sólo 11% hasta 2006) no reflejaron la evolución de los salarios y deterioraron su situación económica.

Este no es el primer fallo dictado por la Corte en favor de Badaro. En agosto de 2006, es decir, hace quince meses, la Corte había dictado una primera sentencia, en la que le ordenó al Congreso restablecer la movilidad de las jubilaciones, pauta que se satisface fijando un mecanismo objetivo de ajuste de los haberes, al margen de cualquier aumento que discrecionalmente pueda dar el Congreso o el Poder Ejecutivo.

Pero el Congreso nacional, en lugar de cumplir la sentencia, incluyó en la ley de presupuesto, número 26.198 -aprobada en diciembre último- un ajuste de haberes, igualitario para todos los retirados, del 13%. Ante esa situación, Badaro, entonces, volvió a llevar el caso ante el máximo tribunal.
La situación previsional: instan a que vuelva la movilidad
El tribunal falló en el caso de un jubilado al que el Estado deberá pagarle un 88,5% más
LANACION.com | Economía | Martes 27 de noviembre de 2007

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