La norma nada prevé respecto de la insuficiente actualización de ingresos por lo ocurrido entre 2002 y este año, un período en el que los haberes de miles de jubilados perdieron poder adquisitivo por haber tenido una evolución retrasada en relación con la inflación y con el crecimiento de los salarios de los trabajadores activos.
También se vieron afectados en sus haberes de inicio muchos de quienes se jubilaron en estos años. Resultaron perjudicados por la falta de actualización (o por actualización insuficiente) de los salarios de los diez últimos años con aportes.
En la fórmula vigente para calcular la jubilación en el sistema de reparto se considera un promedio de los sueldos de los últimos 120 meses contribuidos y el 1,5% de ese número se multiplica por la cantidad de años aportados. Cuando los montos no se actualizan en función de la variación salarial, se licua el valor de lo que se percibirá como ingreso pasivo inicial. Y eso genera reclamos judiciales con frecuencia.
Para ajustar los haberes de los jubilados y pensionados a partir de 2002 cuando la inflación comenzó a deteriorar el valor de los ingresos, los gobiernos optaron por una política de incrementos discrecionales, es decir, sin ajustarse a un índice ni a una periodicidad predeterminados.
Así, se eligió privilegiar a los pasivos de menores ingresos y se permitió que existan retrasos significativos en los haberes de quienes no estaban hace unos años en el escalón más bajo de la pirámide. Vale esa aclaración porque muchos de quienes ahora cobran la mínima no estaban en ese nivel en 2001, sino que fueron quedando incluidos después, por el achatamiento que se produjo en la pirámide, a causa de los aumentos diferenciados.
Efecto de los fallos
Las causas que podrían esperar beneficiarse con la aplicación del fallo Badaro de la Corte Suprema (el fallo determinó que entre 2002 y 2006 los haberes debieron subir a la par de los salarios activos) son los de quienes en 2001 ganaban de $ 500 para arriba. Para los haberes inferiores se estima que hubo una recomposición acorde con el alza de las remuneraciones.
El grupo más afectado por el retraso de haberes es el de quienes en 2001 percibían un ingreso de $ 1000 o más. Esos pasivos recibieron una primera recomposición sólo en 2006, y el alza acumulada es del 63,1%, mientras que la inflación y la suba de sueldos formales fueron del 140 y del 200%, aproximadamente. Otro segmento de perjudicados es del de quienes en agosto de 2004 recibían haberes de entre $ 308 (la mínima de ese momento) y 1000. Ese grupo tuvo un aumento acumulado del 79,4 por ciento.
En el fallo que benefició al jubilado Adolfo Badaro, los jueces supremos que le habían ordenado previamente al Gobierno dictar una ley de movilidad establecieron que el haber debía ser en diciembre de 2006 superior en un 88% al de enero de 2002, porque ésa había sido la variación del salario promedio. Según fuentes de la Anses, el crecimiento del número de juicios en 2008 es básicamente una repercusión de esa sentencia, de noviembre de 2007. Pero la pérdida de poder adquisitivo ya alentaba la judicialidad: en 2007 ingresaron en la Justicia un 41% más de reclamos que en 2006.
Más allá de la falta de disposiciones sobre los períodos previos a 2009, hay quienes no descartan que la fórmula de movilidad de la nueva ley que combina la variación de los salarios, de la recaudación y del número de beneficiarios dé más motivos de litigiosidad. De hecho, varios abogados ya expresaron sus objeciones.
El análisisUna ley que no trae la solución
Por Silvia Stang
lanacion.com | Economía | Viernes 17 de octubre de 2008

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