jueves, 23 de octubre de 2008

La ley K está expresamente prohibida en el artículo 17 de la Carta Magna.

Ni la ley ni la Constitución dejan dudas: las cuotas partes de cada afiliado a una AFJP es un derecho de propiedad de los aportantes. Están respaldadas por la Constitución Nacional, la que sólo permite privar de la propiedad luego de una declaración de utilidad pública, y a cambio de una indemnización que debe ser previa al desapoderamiento, y por una ley de la Nación. La confiscación la apropiación sin indemnización, como sería el caso actual está expresamente prohibida en el artículo 17 de la Carta Magna.

El intento de confiscación expresada por la presidenta Cristina Kirchner y el Admnistrador de la Anses enfrenta en forma clara, una manda constitucional, al apropiarse de un bien que no les pertenece. Y si se diera el caso de que los legisladores sancionaran la ley, como lo reclama el PE, serían autores, junto a los dos primeros y los ministros que firmen tal proyecto, de varios delitos contra la propiedad y por violación de deberes previstos en el Código Penal. Y, según lo estipula el Código Civil serán civilmente responsables, con sus patrimonios, del daño que cause su acción u omisión.

El intento de saqueo del ahorro privado jubilatorio es el mayor robo de la historia, en el que el Estado despoja a sus legítimos propietarios de una suma global o botín de cien mil millones de pesos, de los que podrá disponer a discreción mediante el diseño de una normativa de gasto público que, también en forma ilegal, ignora las formas y controles establecidos por la Constitución. Posiblemente se concrete: han construido un esquema de poder al margen de las normas que lo hará posible. Pero son demasiados los damnificados que mantendrán en su memoria el recuerdo del saqueo, para insistir en los próximos años, la sanción civil y penal de los culpables.

El argumento para justificar el saqueo es la necesidad de intervencíon estatal ante la pérdida del 2,5% que ha sufrido el patrimonio administrado por las AFJP. Se oculta que un componente fundamental de esa pérdida ha sido la inversión, a la que fueron obligadas por sucesivos gobiernos, en bonos públicos devaluados y la quita de más del 65% que sufrieron al ser identificados con los acreedores externos del país, a pesar de tratarse del ahorro jubilatorio de millones de argentinos. La comparación con la caída de valor de los bonos públicos, por su parte se cotizan hoy a apenas el 60 % de su valor recuerda que no sólo las compras forzadas de esos bonos por el monto de la deuda reducida, sino que además la pérdida de su valor golpeó la rentabilidad de los ahorros previsionales, por causa de decisiones públicas.

Pretender que el Estado, cuyos títulos han perdido casi el 50% de su valor, será mejor custodio de esos ahorros que las AFJP es otra burla. La obvia consecuencia será el incremento de la evasión, ya que luego de este nuevo ejemplo de vocación cleptómana, quedó claro que la perspectiva jubilatoria es tan virtual y difusa como los argumentos presidenciales.

Los voceros, economistas abonados a las burocracias sindicales y socios del saqueo seguramente saldrán a respaldar el cambio, avalarán el dislate, y luego, cuando cambien los patrones, cambiarán de opinión.
El gran robo

Por Ricardo Lafferriere

lanacion.com | Opinión | Jueves 23 de octubre de 2008

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